|
|
NOTA SOBRE TIPOS DE INTERES VIGENTES A ENERO DE 1999
| Consulta esta tabla de intereses del Banco de España.
| |
El interés básico del Banco de España, o tipo de redescuento, fue fijado en el 5.50 por 100 anual por la Orden de 21 de Julio de 1969 (BOE del 22).Con posterioridad ha tenido las siguientes variaciones:
- Orden de 21/03/70 (BOE del 23): 6.5 %
- Orden de 22/01/71 (BOE del 23): 6.25 %
- Orden de 03/04/71 (BOE del 5) : 6 %
- Orden de 21/10/71 (BOE del 22) : 5 %
- Orden de 26/07/73 (BOE del 27) : 6%
- Orden de 09/08/74 (BOE del 10/08) :7 %
- Orden de 23/07/77 (BOE del 26/07) : 8%, tipo vigente hasta el 31/12/97
- Ley 66/97, de 30/12, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden social, que entró en vigor el 01/01/98, en cuyo artículo 68 se establece :
" Las referencias efectuadas en la legislación vigente al tipo de interés básico del Banco de España se entenderán realizadas al tipo de interés legal del dinero determinado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Salvo pacto en contrario, la sustitución del tipo de interés básico del Banco de España por el tipo de interés legal del dinero no eximirá del cumplimiento de lo establecido en aquellos contratos que contengan referencias al citado tipo de interés ni otorgará a las partes la facultad de alterar su contenido o resolverlo unilateralmente"
|
El tipo de interés legal no viene establecido por el Banco de España sino por norma juridico-positiva.
- La Ley 24/1984 de 29 de junio (publicada en el BOE de 03/07, rectificación de errores en el siguiente día 4, estableció en su artículo 1º que el interés legal del dinero se determinará "aplicando el tipo básico del Banco de España...salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca uno diferente".
La ley 13/1994 , de 1 de Junio, de Autonomía del Banco de España (BOE del 2), en su disposición adicional quinta da la siguiente redacción al articulo 1º de la ley 24/1984, de 29 de Junio , sobre Interés Legal del dinero:"El interés legal del dinero se determinará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado"
- La ley 50/1984 , de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985 (BOE del 31), en su disposición adicional novena, establece que "de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley 24/1984 , de 29 de junio , sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 11% hasta el 31/12/85."
- La ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986 (B.O.E. de 28), en su disposición adicional duodécima manifiesta que "de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 10.50 % hasta el 31/12/86.
- La ley de 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987 (BOE del 24) en su disposición adicional decimonovena manifiesta que "de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la ley 24/1984, de 29 de junio , sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9.50 % hasta el 31/12/87
- La ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988 (BOE del 24), en su disposición adicional cuarta expone que:"de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 2471984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/88.
- La ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989 (BOE del 29), en su disposición adicional tercera establece que "de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley 24/1984 , de 29 de Junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/89.
- La disposición adicional primera del Real Decreto ley 7/1989 , de 29 de diciembre (BOE del 30) , de medidas urgentes en materia presupuestaria financiera y tributaria, prorroga los Presupuestos Generales del Estado para 1989, por lo que desde el 1 de Enero hasta el el 29 de junio de 1990 el interés legal sigue siendo el 9%. A partir del 30 de junio, fecha de entrada en vigor de la Ley, hasta el 31 de diciembre, el interés legal es del 10%, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 4/1990, de 29 de junio (BOE del 30) , de presupuestos Generales del Estado de 1990.
- La ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 (BOE del 28), en su disposición adicional segunda establece que "de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre Modificación del Tipo de interés Legal del dinero, éste queda establecido en el 10% hasta el 31/12/91.
- La ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992 (BOE del 31), en su disposición adicional séptima dispone "uno.-De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre Modificación del tipo de interés Legal de dinero, éste queda establecido en el 10% hasta el 31/12/92.
- La Ley 39/1992 , de 29 de diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1993 (BOE del 30), en su disposición adicional novena, dispone "Uno.De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984 , de 29 de junio, sobre Modificación del Tipo de Interés Legal del dinero, éste queda establecido en el 10% hasta el 31/12/93.
- La ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994 (BOE del 30), en su disposición adicional decimonovena, dispone "Uno. DE conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley de 24/1994 , de 29 de junio, sobre Modificación del tipo de Interés Legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/94.
- La ley 41/1994, de 30 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para 1995 (BOE del 31), en su disposición adicional duodécima, dispone "Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984 , de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/95.
- Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera (BOE del 30), en su disposición adicional tercera, dispone "Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/96.
- La ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997(BOE del 31) en su disposición adicional undécima, dispone "Uno .De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 7.5% hasta el 31/12/97."
- La ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998 (BOE del 31), en su disposición adicional sexta, dispone"Uno. De conformidad con lo dispuesto ene el art.1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 5.5% hasta el 31/12/98."
- La ley 49/1998, de 30 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para 1999 (BOE del 31), en su disposición adicional quinta, dispone "Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984 , de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 4.25 % hasta el 31/12/99."
|
- La ley 77/1980, de 26 de diciembre, creó el articulo 921 bis, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según la cual " cuando la resolución condene al pago de una cantidad líquida devengará el interés básico o de redescuento fijado por el Banco de España incrementado en dos puntos."
- El citado artículo 921 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil quedó derogado por la Ley de 6 de agosto de 1984 que, asimismo, reformó el articulo 921, estableciendo "Cuando la resolución condene al pago de una cantidad líquida, ésta devengará en favor del acreedor , desde que aquella fuese dictada en primera instancia hasta que sea totalmente ejecutada, un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos.."
|
|
www.ilandin.com
Desde Abril de 2.000 - Ultima actualización Mayo de 2.001 optimizada para una resolución 1024*768 px
|
|